Legislación, cultura y patrimonio de los pueblos originarios

Antecedentes históricos y sociales en relación al patrimonio indígena de Chile

1. LEGISLACIÓN Y PUEBLOS ORIGINARIOS

El Convenio 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, es un tratado adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra, el 27 de junio de 1989. En su parte medular, indica la necesidad de que los pueblos originarios puedan “Asumir el control de sus propias instituciones y formas de vida y desarrollo económico y a mantener y fortalecer identidades, lenguas y religiones dentro del marco de los Estados en los que viven”. En relación a las obligaciones de los Estados, señala que “Los gobiernos deben asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos, una acción coordinada en su protección y garantía de su integridad.”

Chile ratificó este tratado en el año 2008, y como Estado asume la obligación de consultar a los pueblos originarios las medidas legislativas y administrativas que puedan afectarles. Las principales áreas que señala el tratado, tienen que ver con la cultura, costumbres y derechos consuetudinarios, además del uso y transferencias de tierras indígenas, incluyendo los recursos naturales que se encuentren en ella.

Marco legal

Las principales leyes, normas e instituciones que rigen la relación del Estado con los pueblos originarios, son las siguientes:

  • 1989. Convenio 169 OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
  • 1993. Ley 19.253, conocida como Ley Indígena.
  • 1993. Creación de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena – CONADI.
  • 1995. Fondo de Cultura y Educación Indígena.
  • 2007. El Congreso Nacional de Chile ratifica el Convenio 169.
  • 2008. El Estado de Chile ratifica el Convenio 169.
  • 2008. Ley 20.249 que crea el espacio costero marino de los pueblos originarios.
  • 2014. Decreto 66 sobre Consulta Indígena.
  • 2016. Proyecto de Ley que crea el Ministerio Indígena y Consejo de los Pueblos, Consejo Nacional de Pueblos y Consejos por cada Pueblo Indígena.
  • 2017. Ley 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
  • 2018. Proyecto que crea el Ministerio de Pueblos Indígenas, aprobado por unanimidad en el Senado

Ley Indígena

La  Ley Indígena reconoce a nueve pueblos originarios, estos son el pueblo aymara, quechua, atacameño, colla, diaguita, rapa nui, mapuche, yagán y kaweskar.

Esta Ley, en su artículo Nº 1 establece: “El Estado reconoce que los indígenas de Chile son descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias siendo para ellos la tierra el fundamento principal de su existencia y cultura”.

2. CULTURA Y PATRIMONIO

Cultura

El Convenio 169 destaca la necesidad de desarrollar políticas que permitan la conservación de las culturas originarias y la preservación del patrimonio cultural indígena.

La palabra cultura proviene del latín “cultus” que significa cultivar. Las ciencias sociales definen cultura como un conjunto de ideas, comportamientos, símbolos y prácticas sociales, aprendidos de generación en generación a través de la vida en sociedad.

De esta forma la cultura es la suma de lo que se aprende a través de la experiencia, el estudio, el trabajo u otras fuentes, y por lo mismo la cultura es dinámica y flexible.

Una de las características de la cultura es que es parte del desarrollo económico y social, especialmente para comunidades conscientes sobre su patrimonio cultural. Por ejemplo, cuando comparten el valor social común de sitios con significación cultural comunitario. O cuando desarrollan actividades en base a su cultura, atractivas para visitantes que valoran el patrimonio local.

La UNESCO define a la cultura como “el conjunto de los rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o un grupo social. Ella engloba, además de las artes y las letras, los modos de vida, los derechos fundamentales al ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias y que la cultura da al hombre la capacidad de reflexionar sobre sí mismo”. (Conferencia Mundial sobre las Políticas Culturales; México, 1982)

Ley 21.045 que en el año 2017 crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, establece el principio al respeto a la diversidad cultural , la interculturalidad, la dignidad y el respeto mutuo entre las diversas identidades que cohabitan en el territorio nacional. Asimismo rige el principio de “reconocimiento cultural de los pueblos indígenas” (Bcn.cl), que implica reconocer, respetar y  promover las culturas de los pueblos originarios, sus prácticas ancestrales, sus creencias, su historia y cosmovisión, con especial consideración sobre el desarrollo de la cultura, las artes y el patrimonio cultural indígena.

Patrimonio

Actualmente se define al patrimonio como un concepto amplio que abarca lugares de interés histórico y cultural. Sitios y paisajes naturales más los bienes culturales, como el patrimonio inmaterial. El patrimonio de acuerdo a la Unesco es el legado que “recibimos del pasado, que vivimos en el presente y que transmitiremos a las generaciones futuras”. (Unesco.org)

Se reconoce al patrimonio un alto valor social por cuanto “contribuye a la construcción de identidades y al desarrollo de las personas y de la comunidad nacional y de su inserción internacional” (Patrimoniocultural.gob.cl).

¿Qué es el patrimonio cultural?

Es el conjunto de bienes materiales, inmateriales y naturales transmitidos de una época a otra, o de una generación a otra.

Patrimonio material e inmaterial

Patrimonio Material es todo aquello que es posible de ver y tocar. En cambio el Patrimonio Inmaterial, es todo aquello que no se puede palpar pero sin embargo existe. Un instrumento musical es un patrimonio material por cuanto es posible verlo y palparlo. Sin embargo los sonidos que produce son intangibles ya que no es posible palparlo pero si sentirlo y por lo tanto existe como patrimonio inmaterial.

Patrimonio cultural indígena

Es todo aquello que las  comunidades han aprendido a realizar por generaciones, hasta transformarse en valores culturales que permiten interpretar de cierta manera la realidad, creando un sentido de pertenecía a un pueblo determinado y proyectarse al futuro con esa conciencia.

Protección del Patrimonio Cultural

La Ley de Monumentos Nacionales, la Ley Indígena y otras herramientas legales permiten resguardar y poner en valor el patrimonio.

Sin embargo la mejor protección la entregan comunidades conscientes del valor de su patrimonio, que lo resguardan como una herencia cultural, sea esta material o inmaterial. De esta forma, para que el patrimonio adquiera valor social debe ser reconocido como tal por la población, especialmente por las nuevas generaciones para que consciente y cívicamente se involucren en la protección patrimonial.

Sitios de significación cultural

Son los lugares ubicados dentro o fuera de las comunidades indígenas y que “son relevantes para sus miembros, por tener vinculación con sus creencias, historias y costumbres; con sus manifestaciones culturales pasadas o presentes, que conlleven a un sentimiento de cohesión social y de pertenencia e identificación a un grupo determinado” (Catastro de Sitios de Significación Cultural. Conadi. 2014)

Ley de Monumentos Nacionales

La Ley 17.288 de Monumentos Nacionales, promulgada en 1970, protege el patrimonio e indica que dañar o apropiarse de un monumento nacional es un delito. Establece que los vestigios arqueológicos son propiedad del Estado y los protege como monumentos nacionales. Así como las piezas paleontológicas, ruinas y yacimientos que existan sobre o bajo la superficie del territorio nacional.

Para prevenir el cometer ilícitos, la Policía de Investigaciones de Chile recomienda:

  • Si encuentras un lugar con vestigios arqueológicos como fósiles, osamentas humanas, cerámicas de pueblos originarios, entre otros, debes dar aviso inmediato a la Gobernación Provincial respectiva y no recoger estos objetos.
  • No compres artículos que contengan piezas arqueológicas o paleontológicas, para no fomentar el tráfico de estos bienes patrimoniales.
  • Si visitas un sitio declarado santuario de la naturaleza o que tiene objetos patrimoniales como petroglifos (grabados en piedra) o geoglifos (grabados sobre la tierra), asegúrate de seguir las indicaciones del lugar, para evitar pasar sobre ellos caminando o en vehículos.
  • Jamás efectúes ningún tipo de rallado sobre edificios patrimoniales, petroglifos, geoglifos o arte rupestre.

3. PROTECCIÓN

Procedimiento general para la protección de los sitios de valor patrimonial indígena

  1. Ingreso de solicitud al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) o a CONADI, con la mayor cantidad de firmas de la comunidad solicitando la protección del sitio.
  2. Profesionales del ámbito del patrimonio recorren con la comunidad el lugar, para evaluar en conjunto la pertinencia del sitio.
  3. Levantamiento de una carpeta con información con todos los antecedentes del sitio.
  4. Los antecedentes recopilados se presentan al CMN para su evaluación. En caso de aprobación se envía al Ministerio de Educación para la firma del decreto y posterior publicación en el Diario Oficial.
  5. En un acto solemne se entrega a las autoridades de la comunidad copia del decreto y la carpeta que contiene toda la documentación incluida la investigación sobre el sitio.

(Fuente: Patrimonio Cultural Indígena. Conadi. Consejo de Monumentos Nacionales.2006)

Fuentes/Bibliografía

  • Buenas práctica para proyectos vinculados a temáticas culturales indígenas /o afrodescendientes. © Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. 2018
  • Catastro de Sitios de Significación Cultural. Conadi. 2014
  • Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. © Organización Internacional del Trabajo 2006
  • Conadi.cl
  • Conservación de Rutas de Trashumancia y Sitios de Significación Cultural y Patrimonial de la Región de Atacama, Cuarta Etapa. CONADI. (Exhi Consultoría. 2019)
  • Contraloría. Decreto N° 57.658 del 29-07-2014, que autoriza a municipios del país a izar las banderas indígenas
  • ¿En qué consiste la demanda de un Estado plurinacional? © Uchile.cl. 28-08-2017
  • Guía de Antecedentes Territoriales y Culturales de los Pueblos Indígenas de Chile. © Ministerio de Obras Públicas
  • Recomendaciones para nombrar y escribir sobre Pueblos Indígenas. © Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. 2018
  • Síntesis Nacional del Programa de fomento y difusión de las artes y las culturas de los pueblos indígenas. © Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. 2018
  • Patrimonio Cultural Indígena. © Conadi. Consejo de Monumentos Nacionales. 2006
  • Pueblos Indígenas Consulta y Territorio. © Dirección General de Obras Públicas. 2016
  • Premagallania.cl. Medio digital sobre los vestigios precolombinos de Chile.